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sábado, 27 de septiembre de 2008

Contratación de empleados: Opciones y responsabilidades



Luego de evaluar nuestras necesidades de empleados, de entrevistar candidatos y finalmente seleccionar el más idóneo, nos llega el momento de la contratación. Pero ¿que opciones de contratación tenemos como patrono?


Empleado


Según Serrano el empleado forma parte de la administración de los recursos humanos y que a su vez se enmarcada dentro de la teoría de la Administración de Empresas iniciada por Taylor y Fayol, cuyo propósito de reclutamiento es cumplir con las metas, propósitos y fines corporativos. Un empleado se le da instrucciones, él provee el trabajo personalmente, es contratado, supervisado y remunerado por la compañía y sus servicios están integrados al negocio. (Serrano 2006) [i]


Empleado por tiempo indefinido


Empleado por tiempo indefinido es aquel que contratamos bajo la premisa que lo necesitaremos indefinidamente. Este es el empleado que criollamente se le ha llamado “permanente o regular”. Esta clasificación de empleado puede ser requerido a tiempo parcial (part time) o a tiempo completo (full time). Es requisito de ley darle periodo probatorio de 90 días, que debe ser firmado en o antes de la primera jornada de trabajo y el cual de ser necesario extenderlo debe ser solicitado directamente al Secretario del Departamento del Trabajo.


Empleado a término


Un empleado a término es aquel que la empresa requiere por un periodo de tiempo determinado. Algunas veces podemos determinar que necesitaremos a un empleado solo por un tiempo o de manera temporal ya sea por un proyecto especial, por una temporada de ventas o para cubrir a otros empleados de tiempo indefinido que han tenido que ausentarse. En este caso hacemos un contrato donde se especificara la duración del mismo.


Empleado por tiempo indefinido y el Empleado a término nos provee algunas ventajas y responsabilidades:


· Como patronos tenemos todo el control en la asignación de tareas
· Como patronos tenemos todo el control sobre el horario
· Somos responsables de el adiestramiento y proveer las herramientas de trabajo
· Somos responsables de la retenciones de salario según establece la ley
· Es asegurable bajo la póliza del Fondo del Seguro del Estado (FSE)
· Tienen derecho a acumular vacaciones y enfermedad según establece la ley
· Tienen derecho a paga por horas extras según establece la ley
· Tienen derecho a periodo de tomar alimentos según establece la ley
· No podemos despedirlo sin una justa causa según establece la ley
· Se le paga por horas, semanas, catorcenas, quincenas o mensualmente y no por tarea realizada.


Contratista independiente


El contratista independiente es una persona que ha sido contratada para realizar un trabajo, servicio o función. Es lo contrario a lo que definimos como empleado (Serrano, 2006). La empresa tiene poco o ningún grado de control sobre este.


El contratista independiente nos provee algunas ventajas y responsabilidades:


· No tenemos control en la forma en que realiza las tareas
· No podemos controlar o establecer un horario
· No somos responsables de el adiestramiento y las herramientas de trabajo, el contratista debe proveérselas por su propia cuenta
· El contratista no es asegurado bajo la póliza del Fondo del Seguro del Estado (FSE)
· No tiene derecho a acumular vacaciones y enfermedad
· No tiene tienen derecho a paga por horas extras
· Puedes proveer los servicios directamente o por un representante autorizado
· El trabajo no se realiza en los predios de la compañía
· Se le paga tarea realizada y no por horas, semanas, catorcenas, quincenas o mensualmente


Estas son solo algunas de las consideraciones donde estriba la diferencia de un empleado y un contratista independiente. Para detalles usted debe referirse a un consultor de Recursos Humanos[ii] o a su abogado[iii]. Lo más importante es usted como patrono sepa que tiene más de una alternativa para tener el personal que su operación necesita.




[i] Serrano, Héctor. "Conferencia sobre Despido Injustificado." Héctor Serrano Mangual. San Juan: Programa AHORA, 2006.

[ii]La autora tiene más de 7 años de experiencia en recursos humanos. Es miembro de la facultad de Administración de Empresas en varias universidades en Puerto Rico y ofrece cursos a nivel Graduado y Subgraduado. Posee un Bachillerato en Gerencia y Maestría en Administración de Empresas ambos de la Universidad Politécnica de Puerto Rico. Actualmente, cursa estudios doctorales con miras a un DBA en Gerencia de la Universidad del Turabo. Se desempeña además, como consultora independiente para pequeños y medianos comerciantes.
[iii] Este artículo fue escritor en colaboración con el Lcdo. Héctor Serrano Mangual.