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Somos una empresa puertorriqueña dedicada a ayudar a los pequeños y medianos comerciantes en la planificación, organización, desempeño, control y administración de los recursos humanos.

miércoles, 14 de diciembre de 2016

Los 5 errores de la administración de Recursos Humanos



La administración de los recursos humanos es una de las actividades que más riesgos legales tiene para la empresa y que por tanto, al no ser atendida por profesionales con la experiencia y seriedad necesaria pueden afectar las operaciones.

Durante los pasados 10 años trabajando de la mano con emprendedores, empresarios y dueños de micro, pequeñas y medianas empresas; he visto como algunas de ellas incluso han estado a punto de desaparecer al no poder asumir todas las multas, penalidades y demandas recibidas por el pobre cumplimiento legal para con las leyes laborales.


A continuación le presentamos 5 asuntos que deben tratarse con seriedad al momento de administrar el capital humano de una empresa.

1. Desconocimiento de las leyes: Muchos empresarios piensan que por el hecho de tener una pequeña a o mediana empresa la legislación laboral no les aplica. FALSO!!! En Puerto Rico la mayoría de las leyes laborales le aplican en su totalidad o parcialmente a las micro, pequeñas y medianas empresas, y el desconocerlas no les exime de su cumplimiento. Mi recomendación siempre a los emprendedores es que en el proceso del plan de negocio y desarrollo de la empresa tienen que investigar según su tipo de negocio que leyes están vigentes y les aplicará, tanto a nivel federal como estatal.

2. Contratando empleados: El error más común al momento de contratar un empleado es no completarle un contrato escrito. NUNCA! un empleado debe comenzar a trabajar sin haberle completado el contrato, lo que le evitara a la empresa muchos dolores de cabeza en el futuro. Si usted no tiene el conocimiento para preparar un contrato busque un consultor de recursos humanos o un abogado que le ayude. Recuerde que el contrato es un documento legal que obliga a ambas partes y debe ser hecho a la par con la necesidad de la empresa.

3. Clasificación del empleado y forma de pago: Ante lo oneroso que puede ser en el aspecto económico contratar un empleado y junto a la falta de conocimiento, muchas empresas clasifican a los empleados como contratistas y les pagan como típicamente les llamamos “por servicios profesionales”. Es importante saber, que NO TODOS los tipos de trabajos pueden ser clasificados de esta manera. Cuando clasificamos de forma incorrecta a un empleado y lo llamamos contratista la empresa está evadiendo pagar las aportaciones al Seguro Social, el pago de beneficios como vacaciones, enfermedad y bono de navidad entre otros. Lo cual pone en riesgo de multas y acciones legales a la empresa a nivel estatal y federal.

4. Evadir el pago de seguros mandatorios en ley: Por aquello de “ahorrarse un dinerito” muchos patronos no cumplen con el registro y pago de pólizas como el Fondo del Seguro del Estado (FSE) y SINOT. De estos es el FSE el que mayores consecuencias puede tener para la empresa de no pagarlo. Cuando una empresa paga al día su póliza de FSE tiene inmunidad patronal en caso de que sus empleados se accidenten o enfermen en actividades relacionadas al empleo. Cuando un patrono no paga su póliza de FSE se considera un patrono no asegurado y responde legalmente en su carácter civil por cualquier daño, enfermedad accidente entre otros.

5. Despidos: En Puerto Rico, para usted poder despedir a un empleado debe tener una “justa causa” o es decir una razón válida. Y no basta con tenerla, tiene que poder demostrarla, de lo contrario el estado le impondrá una multa a favor del empleado despedido que se le conoce como “ la mesada” . A diferencia de otros países y estados de los EUA no existe el “employment at will” en el que cualquiera de las partes puede romper la relación sin responsabilidad, siempre y cuando no existía un contrato expreso. Nuevamente por eso, la importancia que tienen los contratos, los manuales de empleados y la disciplina progresiva. Para que tenga una idea, el pago de mesada para un empleado a salario mínimo que ni siquiera lleva un año en el empleo es de $2,803.00!!!

En resumen, ser un patrono, aun cuando tenemos una pequeña o mediana empresa; conlleva responsabilidades legales que no se puede ignorar y que pueden poner en riesgo a su empresa. Si usted no tiene el conocimiento especializado o no está seguro de estar actuando de la manera correcta busque a los expertos .






viernes, 18 de noviembre de 2016

Bono de Navidad 2016


Como todos los años, nuevamente se acerca el momento de cumplir con la responsabilidad patronal del Bono de Navidad. A continuación algunos detalles sobre el mismo.

Empleados con derecho a bono de Navidad

Ley Núm. 148 del 30 de Junio de 1969, según enmendada, mejor conocida como  Ley de Bono de Navidad establece como requisitos para ser elegible a recibir el bono de Navidad lo siguiente:
•             Haber trabajado dentro del periodo de doce (12) meses, comprendido desde el 1ro de octubre de cualquier año hasta el 30 de septiembre del año natural subsiguiente. Ejemplo: Si consideramos que estamos en el año 2016 el periodo que vamos a considerar para el pago de bono este año es 1ro de octubre de 2015 hasta el 30 de septiembre de 2016
•             Si trabajo dentro de ese periodo debe haber trabajado setecientas (700) horas o más. Si no llego a las setecientas (700) horas no tiene derecho al bono
•             Empleados que ya no trabajan para la empresa pero cumplen con los dos puntos anteriores tienen derecho a su Bono de Navidad
•             Se deberán contar aquellas horas trabajadas para un mismo patrono, aunque los servicios se hayan prestado en diferentes negocios, industrias, y otras actividades de ese patrono

Responsabilidad del patrono

Patronos con quince (15) empleados o menos- Todo patrono que emplee quince (15) empleados o menos concederá un bono equivalente al 3% del total del salario hasta un máximo de diez mil (10,000) dólares para el bono que se concederá en el año 2016. En total $300.00
Patronos con dieciséis  (16) empleados o más- Todo patrono que emplee dieciséis  (16) empleados o más concederá un bono equivalente al 6% del total del salario hasta un máximo de diez mil (10,000) dólares para el bono que se concederá en el año 2016. En total $600.00.

La ley además establece que el total de las cantidades pagadas por concepto de dicho bono no excederán el 15% de las ganancias netas anuales del patrono, habidas dentro del período comprendido desde el 30 de septiembre del año anterior hasta el 30 de septiembre del año a que corresponda el bono.

¿Cuándo debemos pagar el Bono de Navidad?

La ley establece que el Bono de Navidad se pagara no antes del día 1ro ni después del 15 de cada mes de diciembre excepto en aquellos casos en que el patrono y sus empleados de mutuo acuerdo convengan en otra fecha.

Penalidades al patrono que incumple

Si el pago no se efectúa en la forma y dentro del término ya indicado, o en la fecha en que convengan el patrono y sus empleados, el patrono vendrá obligado a pagar, en adición a dicho bono, una suma igual a la mitad del bono en concepto de compensación adicional cuando el pago se haya efectuado dentro de los primeros seis (6) meses de su incumplimiento. Si tardare más de seis (6) meses en efectuar el pago el patrono vendrá obligado a pagar otra suma igual a dicho bono, como compensación adicional.

¿Puede un patrono eximirse del pago de Bono de Navidad?

La respuesta es sí. Para que el patrono pueda acoger a la disposición de la Ley que lo exime de pagar en su totalidad o en parte el bono que allí se establece cuando no ha obtenido ganancias en su negocio, industria, comercio o empresa o cuando éstas resultan insuficientes para cubrir la totalidad del bono, sin exceder el límite de 15% de las ganancias netas anuales, deberá someter al Secretario del Trabajo y Recursos Humanos, no más tarde del 30 de noviembre de cada año, un estado de situación y de ganancias y pérdidas del período de doce (12) meses comprendidos desde el primero de octubre del año anterior hasta el treinta de septiembre del año corriente, debidamente certificado par un contador público autorizado, que evidencie dicha situación económica. Si el patrono no somete la información requerida por el Secretario del Trabajo y Recursos Humanos antes de la fecha señalada vendrá obligado a pagar el bono en su totalidad según establece la Ley.  Sepa que el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos realizará una intervención en sus libros contables para validar los datos.

martes, 30 de agosto de 2016

La importancia del Manual del Empleo para las pequeñas y medianas empresas

Liderar y dirigir personal es sin duda una tarea de muchos retos y grandes satisfacciones; todos las personas somos irrepetibles y únicas, y aquellos que gustan de trabajar con el recurso humano de la empresa sin duda dirán que la parte de la disciplina es la mas ardua en este proceso.

La palabra “Disciplina” según la Real Academia de la Lengua Española implica: instrucción de una persona, especialmente; arte, facultad o ciencia: observancia de las leyes y ordenamientos de la profesión. Para la empresa la disciplina es la garantía de que los procesos organizacionales lleguen a darse según se ha establecido.

Un Manual del Empleado, es una guía operacional donde se recogen las normas, políticas y procedimientos de una empresa, con el propósito de servir de referencia a sus empleados durante su curso o permanencia en la organización.

¿Desde cuando debe tener una empresa un Manual del Empleado?

Una empresa debe tener su propio Manual del Empleado desde el momento que contemple tener el primer empleado. Es justa mente en este manual donde la empresa establece su relación como patrono con sus empleados. Además de proteger a la empresa legalmente, este manual establece cuales van a ser las reglas de juego o las normas a seguir para los futuros empleados.

¿Qué políticas no deben faltar en un Manual del Empleado? 

Algunas de las políticas que no deben faltar en un Manual del Empleado son:

Igualdad de oportunidades en el empleo
Hostigamiento Sexual
Protocolo de Violencia Doméstica

¿Como ayuda a la empresa un Manual del Empleado en los procesos de disciplina? 

Como bien decíamos anteriormente, es en el Manual del Empleado donde se establecen las reglas de juego para todos los empleados de la empresa. Es una guía para operar el negocio y administrar los recursos humanos. Le ayuda además a establecer cuáles serán los procesos disciplinarios y a evitar acciones legales como despidos injustificados, posibles querellas de discrimen y hostigamiento sexual. Es importante que la empresa pueda tener un manual que se ajuste a las particularidades de su tipo de negocio o industria, por lo tanto, debe ser preparado por un abogado laboral o un consultor de recursos humanos con experiencia probada.

Errores que debe evitar al diseñar un Manual de Empleados

Copiar el manual de otra empresa-Primeramente, los documentos oficiales de una empresa pueden tener derechos de autor. Además, cada empresa tiene normas y políticas que son muy específicas o particulares de su tipo de negocio, cultura organizacional o industria. Si usted copia y pega como el papagayo puede estar otorgando incluso beneficios que no le corresponden o negando derechos establecidos en ley.

Si contrata personal externo para el desarrollo del manual asegure de verificar su experiencia-En el pasado, hemos tenido clientes que nos llaman para revisar sus manuales que supuestamente fueron hecho por “expertos”, hemos encontrado que en muchos casos los supuestos “expertos” han puesto en riesgo a la empresa con normas que no son conforme a derechos establecidos constitucionalmente o por legislación.

No compre plantillas de manual pre hechas por Internet- Existen varias páginas de Internet que venden “manuales ya listos" a precios nada racionales. El problema está en que, si usted no tiene el conocimiento de legislación laboral para editar y añadir normas que pueda necesitar adicionales puede estar en incumplimiento. Esos manuales no están adaptados a la realidad de su negocio o industria.

Para más información sobre los servicios de desarrollo de Manuales de Recursos Humanos puede comunicarse al 787-909-0873.