sábado, 23 de enero de 2010

Formulario I9



Cuando se trata del proceso de contratación de un empleado, los patronos ya saben que hay varios documentos que son requisito de ley completar. Uno de esos documentos, y de paso el que mas dudas crea en los patronos es el Formulario I9.

¿Por que el formulario I9?

Tanto las leyes federales como estatales prohíben el discrimen a cualquier individuo (con excepción de un extranjero no autorizado a trabajar en los E.U.A.) al contratar, despedir y reclutar debido al origen del individuo o su ciudadanía. Es ilegal discriminar a cualquier individuo elegible para trabajar. Los patronos NO PUEDEN especificar que documento(s) aceptarán de un empleado. Es precisamente por eso que todo empleado nuevo debe completar el formulario I9. El propósito de este formulario es documentar que cada empleado nuevo (ciudadano o no ciudadano) contratado después del 6 de noviembre de 1986 está autorizado a trabajar en los Estados Unidos y Puerto Rico. El formulario I9 especifica que documentos se pueden aceptar para asegurarnos tanto de la identidad como de la elegibilidad para trabajar de un empleado, uniformando así los documentos que los patronos pueden solicitar a los candidatos a empleo.

¿Cuanto cuesta el formulario I9?

Este documento es gratuito y esta disponible a través de la página web de la Agencia Federal de Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos en la siguiente dirección: http://www.uscis.gov/files/form/i-9_spanish.pdf

Este documento esta disponible en español e ingles y es revisado por la Agencia Federal de Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos cada cierto tiempo, por ejemplo, la I9 disponible actualmente tendrá un nuevo formato para el año 2012.

¿Se puede fotocopiar el formulario I9?

Una copia en blanco del Formulario I-9 puede ser reproducida, siempre y cuando ambos lados sean copiados. Las instrucciones deben estar disponibles a todo empleado que llene este formulario.

¿Por cuánto tiempo el patrono tiene que conservar el formulario I9 de sus empleados?

Los patronos deben conservar los formularios I-9 completos por tres (3) años después de la fecha inicial de empleo o un año después de la fecha en que el empleo termine, lo que sea más tarde. El Formulario I-9 puede ser firmado y guardado electrónicamente, según lo autorizado en la reglamentación 8 CFR § 274a.2 del Departamento de Seguridad Nacional.

*Información provista por la Agencia Federal de Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos